QUIENES SOMOS
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La respuesta positiva a este correo con los datos solicitados, será considerada como una orden de inicio de servicios y la aceptación de los términos y condiciones del servicio, detallados más adelante en el anexo, los cuales consisten básicamente en:
Deberes y responsabilidades de Cooperativa de Terapeutas Ciegos
El servicio entregado al CLIENTE, que trata este instrumento, estará limitado al cumplimiento por parte de aquél, al pago del precio contratado. En caso que el CLIENTE no cumpla en tiempo y forma con las obligaciones que establece el presente instrumento, COTECI podrá limitar, o suspender, a su sólo arbitrio, los servicios contratados en la PROPUESTA DE SOLUCIÓN.
COTECI podrá suspender, o dar por terminado el CONTRATO DE SERVICIOS, en forma inmediata, y con la única formalidad del envío de un correo electrónico a aquél señalado en la comparecencia, por el CLIENTE, precisando las razones de la suspensión o término, cuando éste último no cumpla con cualquiera de las obligaciones que le impone el presente instrumento.
FUERZA MAYOR.
Salvo disposición en contrario, las partes no responderán ni asumirán responsabilidad alguna por los perjuicios, directos e indirectos, previstos o imprevistos, que se pudiesen producir a alguna de ellas, debido a fuerza mayor o caso fortuito que les afecten. Para tales efectos se entenderá por fuerza mayor o caso fortuito los dispuesto en el artículo 45 del Código Civil. Si ocurrieran tales circunstancias, la parte afectada informará a la otra, sin demora y por escrito, la existencia del hecho, procediendo de la misma manera para informar el término del hecho y, en ambos casos, acompañando los documentos justificativos correspondientes. Lo anterior, salvo que se trate de un caso fortuito o fuerza mayor de público conocimiento. Tan pronto los hechos constitutivos de fuerza mayor o caso fortuito hubieren cesado en sus efectos, las partes iniciarán o continuarán el cumplimiento de las obligaciones afectadas.
MORA.
El CLIENTE autoriza a COTECI para que en caso de simple retardo o incumplimiento de las obligaciones contraídas, sus datos puedan ser ingresados, procesados, tratados y comunicados a terceros sin restricciones, en el registro o banco de datos BED de Equifax. (BED: Boletín Electrónico Dicom).
CONFIDENCIALIDAD. Las partes se obligan a que toda la información proporcionada a la otra, con motivo u ocasión de los servicios que trata este instrumento, relativa a los activos, políticas comerciales, clientes y cualquier otra relacionada con las actividades de cada una de ellas, será tratada con el mayor cuidado y discreción, tal como si se tratara de información confidencial propia, entendiendo que la utilización indebida, o la propagación improcedente o incorrecta del conocimiento de una de las partes podría acarrear perjuicios a la otra, los que deberán ser indemnizados. En atención a ello, las partes deberán adoptar todas las medidas y providencias conducentes a evitar que su personal divulgue a terceros, directa o indirectamente, o retire de los recintos de la empresa, cualquier antecedente o información, inclusive aquellos que hayan sido destinados a desecho o basura. El incumplimiento de la obligación de confidencialidad dará derecho a la parte diligente a poner término anticipado al presente contrato, sin necesidad de resolución judicial o arbitral previa, con la correspondiente indemnización por los perjuicios causados.
ACUERDO ÍNTEGRO Y AUSENCIA DE RENUNCIAS TÁCITAS.
El presente Contrato contiene el acuerdo íntegro entre las partes y sustituye cualquier otro acuerdo, contrato o negociaciones anteriores entre las partes sobre la misma materia. El presente Contrato sólo podrá ser modificado por escrito. La demora, falta de ejercicio parcial de un derecho, término o condición de este Contrato por parte de las partes, o la aceptación expresa de un incumplimiento, no serán interpretados como una renuncia tácita al derecho, término o condición contractual ni como condonación o aceptación de incumplimientos futuros.
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. Ningún cambio, modificación, alteración o complementación de este contrato será válida a menos que conste por escrito y sea firmada por los contratantes.
DIVISIBILIDAD. Si cualquiera cláusula, párrafo o parte de este contrato es declarado nulo o ilegal por cualquier razón, todas las demás cláusulas, párrafos o partes de este contrato que pudieran surtir efecto sin dicha cláusula, párrafo o parte nula o ilegal, continuarán en pleno vigor, siempre y cuando la falta de vigor de una cualquiera cláusula de este contrato no afecte en forma relevante o cambie sustancialmente el sentido de este contrato. En todo caso en el evento que una cláusula o estipulación sea declarada nula o no exigible, tal cláusula o estipulación se considerará reemplazada por otra que sea válida y exigible y que sea la que más se acerque al espíritu de la disposición prohibida o no exigible.
TÍTULOS.
Los títulos y encabezamientos contenidos en este contrato se han establecido por razones de conveniencia y referencia solamente, y no modifican ni interpretan de modo alguno la intención de las partes, ni afectan cualquiera de las estipulaciones de este contrato.
JURISDICCIÓN.
Toda diferencia, cuestión o litigio que se produzca entre las partes con motivo u ocasión de la aplicación, interpretación, validez, cumplimiento o incumplimiento del presente contrato, será resuelta por la justicia ordinaria.
RENUNCIA. Ninguna renuncia a las disposiciones de este contrato será válida a menos que se haga por escrito y sea firmada por la parte que la otorga o vía correo electrónico. Ninguna renuncia se entenderá como una renuncia con efecto continuo en el tiempo, o como una renuncia a un incumplimiento o falta posterior, aun cuando sea de naturaleza similar o no, a menos que así conste especialmente por escrito.